Muchos españoles han trabajado fuera de nuestras fronteras y, del mismo modo, numerosos extranjeros desarrollan su carrera en España.  En esta situación, surge una duda: ¿qué ocurre con las cotizaciones realizadas en otros países?

La respuesta se encuentra en los convenios bilaterales e internacionales de Seguridad Social, instrumentos jurídicos que garantizan la protección de los trabajadores migrantes y la coordinación de derechos entre países.

Vamos a explicarte en qué consisten estos convenios, cómo funcionan, qué efectos tienen sobre la jubilación y qué pasos seguir para solicitar una pensión cuando has cotizado en varios Estados.

Marco jurídico actual: UE y terceros países

El punto de partida es distinguir qué norma te corresponde según el país donde has trabajado:

Unión Europea, EEE y Suiza

Los Estados miembros —incluidos los del Espacio Económico Europeo y Suiza— se rigen por un sistema de coordinación bajo los Reglamentos (CE) nº 883/2004 y 987/2009.

No existe una seguridad social “común”; cada país conserva su regulación propia, pero la normativa europea organiza tres pilares básicos:

  • Reconocimiento de los periodos cotizados en otros países.
  • Evitar dobles cotizaciones durante desplazamientos temporales.
  • Posibilidad de cobrar prestaciones en otro Estado.

Para una información más detallada sobre este punto, te recomendamos leer nuestro artículo “Régimen comunitario de cotización: cómo coordinar derechos de pensión en Europa”.

Países extracomunitarios

España ha firmado numerosos convenios bilaterales, con países como EE. UU., Argentina, México, Chile, Marruecos, Japón, Australia o Andorra, entre otros.

Su función es similar a la del marco europeo: reconocer periodos, evitar dobles cuotas y permitir exportar prestaciones, aunque cada convenio fija requisitos concretos.

Todos estos instrumentos coordinan, pero no unifican los sistemas. Cada país reconoce lo cotizado en los demás para “abrir derecho”, pero calcula y paga solo la parte correspondiente a lo cotizado bajo su legislación.

Qué son los convenios bilaterales de Seguridad Social

Un convenio bilateral de Seguridad Social es un acuerdo internacional firmado entre España y otro país para coordinar sus sistemas de protección social. Su objetivo es evitar que los trabajadores pierdan derechos por haber desarrollado parte de su vida laboral en distintos Estados.

Actualmente, España tiene 26 convenios bilaterales en vigor, con países de Europa, América, África y Asia: Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, Rusia, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

Además, España es parte del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS), que coordina las cotizaciones entre los Estados iberoamericanos adheridos, como, Perú, Colombia, Uruguay o Ecuador.

Estos instrumentos garantizan tres principios fundamentales:

  1. Totalización de periodos de cotización: los periodos cotizados en otros países pueden sumarse a los cotizados en España para cumplir la carencia mínima necesaria para una prestación. Esto es especialmente relevante para la jubilación. Pero atención: La totalización sirve para cumplir requisitos, pero no incrementa tus bases de cotización españolas. Ejemplo: si necesitas 15 años para jubilarte y solo tienes 10 en España, pero 7 en Argentina, podrás acceder a la pensión española gracias a la suma. Sin embargo, España solo calculará la cuantía sobre los 10 años cotizados aquí.
  2. Cálculo proporcional de la prestación: cada país paga la parte que le corresponde según los años cotizados en su territorio (prorrata temporis).
  3. Exportabilidad: la pensión puede cobrarse en el país de residencia, aunque haya sido reconocida por otro Estado. Es decir, podrías recibir tu pensión española viviendo en EE. UU., o tu pensión argentina residiendo en España, siempre cumpliendo los requisitos del convenio.

Diferencias entre convenios bilaterales y el régimen comunitario

Aunque el funcionamiento es similar al sistema comunitario de la Unión Europea, existen diferencias notables:

  • Los Reglamentos comunitarios son de aplicación directa y uniforme en todos los Estados miembros, mientras que cada convenio bilateral tiene su propio contenido y particularidades.
  • En el ámbito comunitario, todos los Estados coordinan entre sí; en cambio, los convenios bilaterales solo vinculan a España y al país firmante.

Por eso, antes de iniciar un trámite es fundamental identificar qué convenio se aplica y revisar sus condiciones específicas.

Cómo se suman los periodos cotizados en los distintos países

El principio de totalización permite sumar los años cotizados en España y en el país con convenio para acreditar el periodo mínimo exigido para la jubilación.

Por ejemplo: si una persona ha cotizado 10 años en España y 12 en México, podrá acceder a la pensión porque el total supera los 15 años mínimos requeridos, aunque ninguno de los dos países, por separado, alcance esa cifra.

Una vez totalizados los periodos, cada Estado calcula su pensión teórica como si el trabajador hubiera cotizado solo en ese país y aplica el porcentaje proporcional a los años efectivamente trabajados en su territorio.

Así, cada país paga una parte de la pensión, en proporción a la duración de las cotizaciones.

Solicitud y cálculo de la pensión cuando has cotizado en varios países

Cuando una persona ha trabajado en distintos países, la solicitud y el cálculo de su pensión se realizan siguiendo un procedimiento coordinado entre los Estados implicados. Aunque cada país mantiene su propia normativa, los convenios internacionales y europeos permiten tramitarlo de manera unificada.

1) Dónde y cómo se presenta la solicitud

Con carácter general, la solicitud debe presentarse en el país de residencia en el momento de la jubilación.

Si resides en España, la tramitación se realiza ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que actúa como organismo gestor en los convenios bilaterales y en los casos regulados por la normativa europea.

Una vez presentada la solicitud:

  1. La institución competente (p. ej., el INSS) recoge tu historial de cotizaciones nacional y toma nota de los países en los que has trabajado.
  2. Remite la solicitud y la información necesaria a las instituciones de los otros Estados, aplicando los mecanismos de coordinación internacional previstos (reglamentos europeos, convenios bilaterales o instrumentos multilaterales).
  3. Cada país verifica los periodos cotizados bajo su legislación, calcula la parte de pensión que corresponde y emite su decisión.
  4. Finalmente, cada Estado abona directamente al beneficiario la cuantía que le corresponde, según su normativa.

Importante: Si has cotizado en varios países con los que España mantiene instrumentos de coordinación, solo debes presentar una única solicitud. El organismo de tu país de residencia se encarga de distribuirla entre las instituciones extranjeras competentes.

2) Cómo se calcula la pensión: método prorrata temporis

La pensión se calcula aplicando el sistema de coordinación internacional, que contempla dos fases sucesivas:

A) Cálculo independiente

Cada país analiza si puedes acceder a la pensión solo con las cotizaciones realizadas en su territorio.
Si cumples los requisitos mínimos (edad, carencia, etc.), ese país podrá reconocer una pensión nacional completa conforme a su legislación.

B) Cálculo “prorrata temporis” (totalización + prorrateo)

Si no cumples los requisitos o si este cálculo resulta más favorable, se activa el mecanismo de coordinación:

  1. Totalización de periodos: se suman los años cotizados en los distintos países para comprobar si reúnes los requisitos mínimos exigidos en cada uno (por ejemplo, años necesarios para acceder a la jubilación).
  2. Determinación de la pensión teórica: cada país calcula qué pensión te correspondería como si todos los años cotizados globalmente se hubieran realizado bajo su propia legislación.
  3. Prorrateo: sobre esa pensión teórica, el país aplica una proporción equivalente al tiempo efectivamente cotizado en su territorio respecto del total acreditado.

Así, cada país paga únicamente la fracción de pensión que le corresponde. Por ejemplo, si has cotizado 20 años en España y 10 en Chile, España calculará primero una pensión teórica como si hubieras cotizado 30 años bajo su ley, pero solo te abonará dos tercios del importe (20/30). Chile, por su parte, calculará su pensión teórica y abonará el tercio restante (10/30).

3) Bases de cotización aplicables

La cuantía final que paga cada país depende exclusivamente de las bases o salarios cotizados en su territorio. Los periodos cotizados en el extranjero sirven para acreditar derecho (totalización), pero no modifican las bases nacionales.

Ejemplo: Si trabajaste 10 años en España con bases altas y 15 en México con bases bajas, España calculará su parte solo con tus bases españolas; México hará lo mismo con sus reglas.

Exportación de pensiones y pagos desde el extranjero

La mayoría de los convenios bilaterales permiten exportar la pensión al país de residencia. Esto significa que puedes cobrar tu pensión española viviendo en otro país firmante del convenio, y viceversa.

Los pagos se realizan normalmente por transferencia bancaria internacional, en la moneda elegida por el pensionista (habitualmente euros o dólares), sin retenciones adicionales por cambio de residencia.

Eso sí, los beneficiarios deben acreditar periódicamente su “fe de vida” y comunicar cualquier cambio de domicilio o de situación personal.

Recomendaciones prácticas

  1. Revisa qué convenio se aplica:  Identificar el instrumento jurídico aplicable es el primer paso. Si trabajaste en la UE, se aplican los Reglamentos comunitarios; si lo hiciste en un tercer país, revisa si existe un convenio bilateral.
  2. Reúne la documentación con antelación: Acredita tus periodos de cotización con:
    • Vida laboral española
    • Certificados extranjeros
    • Contratos o nóminas
    • Se recomienda apostillar o legalizar documentos según proceda.
  3. Comprueba tus periodos en cada país: Es habitual que falten datos o que existan discrepancias. Detectarlo pronto agiliza el expediente.
  4. Atiende los plazos de tramitación: Los procedimientos internacionales pueden ser largos; inicia tu solicitud con margen suficiente.
  5. Ten presente el efecto fiscal: El cobro de pensiones en el extranjero puede estar afectado por convenios para evitar la doble imposición. Revisa tu obligación tributaria.
  6. Evita duplicar solicitudes: No presentes varias solicitudes en distintos países; genera confusión y retrasos. Una sola solicitud en tu país de residencia es suficiente.
  7. Conserva tus certificados A1 o equivalentes: Si realizaste desplazamientos temporales, estos certificados acreditan dónde debías cotizar.
  8. Recurrir en caso de discrepancia: Si un país no reconoce periodos o calcula incorrectamente tu prorrata, puedes presentar recurso administrativo dentro de los plazos establecidos.

 

En conclusión, los convenios bilaterales e internacionales de Seguridad Social permiten que quienes han trabajado en distintos países puedan mantener la continuidad de su protección social, totalizando los periodos cotizados y facilitando el acceso a prestaciones como la jubilación. Aunque cada Estado conserva su propio sistema y calcula la cuantía únicamente sobre las bases cotizadas en su territorio, la coordinación internacional —tanto a través de los Reglamentos europeos como de los convenios bilaterales— garantiza que los periodos acreditados en el extranjero sirvan para cumplir los requisitos mínimos y que cada país contribuya de forma proporcional mediante el sistema de prorrata temporis.

Estos instrumentos ofrecen una solución eficaz a las carreras profesionales internacionales, pero su correcta aplicación exige identificar el convenio aplicable, reunir la documentación adecuada y presentar la solicitud en la institución competente, normalmente el INSS en España. Contar con asesoramiento especializado puede ayudar a evitar errores y optimizar el resultado final de la pensión.